martes, 24 de septiembre de 2019

Detección e alumnado con NEAE y/o problemas escolares.

En el marco de las Instrucciones de 8 de marzo de 2017, de la Dirección General de Participación y Equidad, por las que se establece el protocolo de detección, identificación del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo y organización de la respuesta educativa, en cualquier momento del proceso de enseñanza – aprendizaje se podrán reconocer determinadas señales o indicios que haga sospechar que un alumno o alumna no está alcanzando los requisitos básicos esperados y/o que su proceso de aprendizaje no es el adecuado o que presente diferencias significativas superiores a la media que conlleven un aprendizaje más rápido.

Con carácter orientativo, se pueden considerar indicios de NEAE cuando se observe alguna de las siguientes circunstancias:
-Rendimiento inferior o superior al esperado tomando como referencia su edad y/o su nivel educativo.
-Diferencia significativa con respecto a la media de sus iguales en cualquiera de los ámbitos del desarrollo y/o en el estilo de aprendizaje.
-Indicios de la existencia de un contexto familiar poco favorecedor para la estimulación y desarrollo del alumno/a.
-Las circunstancias anteriores no se explican por factores coyunturales o transitorios.

Para ello se establecen una serie de momentos especialmente sensibles para la detección y las actuaciones a realizar con cada uno de estos momentos.   Dentro de estos momentos, las evaluaciones iniciales son un valioso instrumento, convirtiéndose las mismas en el punto de referencia del equipo docente para la toma de decisiones relativas al desarrollo del currículo y la adecuación a las características y conocimientos del alumnado, de forma que como consecuencia de la misma se adoptarán las medidas pertinentes de apoyo, refuerzo y recuperación o de adaptación curricular.
En dichas instrucciones se establecen unas pautas para el máximo aprovechamiento de estas sesiones de evaluación inicial, las cuales se recogen a continuación:
-Antes de la sesión, el tutor  o tutora recabará datos del alumnado lo cual puede hacer a través de: análisis de los informes finales de curso, recogida de información sobre el nivel de competencia curricular, mediante observación, ejercicios de clase, pruebas iniciales,…
-Durante la sesión, se propone llevar a cabo el siguiente orden del día:
*Información general del tutor o tutora sobre la marcha del grupo y comentario del equipo docente sobre este aspecto, sugerencias y propuestas.
*Valoración conjunta coordinada por el tutor o tutora. Análisis sobre el rendimiento académico del alumnado, de forma individualizada, con especial atención en aquellos casos cuya evaluación requiere mayor detenimiento.
*Toma de decisiones sobre medidas educativas oportunas según las necesidades del alumnado.

- Tras la sesión de evaluación, los pasos a seguir serán:
*Realización del acta de la evaluación por parte del tutor o tutora, donde se recogerá una síntesis de los acuerdos y/o decisiones adoptadas y las medidas de atención a la diversidad del alumnado.
*Puesta en marcha de las decisiones adaptadas y las medidas de atención a la diversidad del alumnado. El tutor o tutora deberá velar por el cumplimiento de las decisiones adoptadas en dicha evaluación inicial.
*Información a las familias del alumnado con el que el equipo docente haya decidido adoptar alguna medida educativa.
*En los casos en los que se considere oportuno, podrá iniciarse el procedimiento a seguir tras la detección de indicios de NEAE conforme a lo recogido en las Instrucciones de 22 de Junio de 2015, atendiéndose que esta sesión de evaluación equivaldría a la reunión previa del equipo docente descrita en dicho procedimiento.
En el siguiente documento  lo desarrollamos. Descárgatelo si te interesa para modificarlo como creas conveniente.


-DETECCIÓN DE ALUMNADO CON N.E.A.E. Y/O PROBLEMAS ESCOLARES APRENDIZAJE

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